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Programa de Beneficios para Oficiales de Seguridad Pública: Beneficios de Asistencia Educativa


El Programa de Asistencia Educativa para Oficiales de Seguridad Pública (PSOEA, por sus siglas en inglés) proporciona ayuda financiera para estudios de educación superior para los cónyuges e hijos elegibles de los oficiales de seguridad pública de la policía local, bomberos y de emergencia que han fallecido o sufrido alguna discapacidad permanente en el cumplimiento de su labor.

La asistencia educativa a través del programa PSOEA está disponible una vez que el proceso de reclamo por muerte o discapacidad del Beneficio para Oficiales de Seguridad Pública (PSOB, por sus siglas en inglés) haya sido completado y los beneficios hayan sido concedidos. Un especialista de PSOB trabaja con cada solicitante de PSOEA para confirmar que la discapacidad del padre o cónyuge, o su reclamo por muerte haya sido previamente aprobado por la Oficina de PSOB y que, en los casos de muerte del oficial, el solicitante haya recibido al menos alguna porción de los beneficios PSOB. Las fechas de elegibilidad para beneficios de PSOB pueden ser consultadas en las páginas que contienen información sobre reclamos por muerte y reclamos por discapacidad.

El Programa de Asistencia Educativa para Oficiales de Seguridad Pública (PSOEA, por sus siglas en inglés) proporciona ayuda financiera para estudios de educación superior para los cónyuges e hijos elegibles de los oficiales de seguridad pública de la policía local, bomberos y de emergencia que han fallecido o sufrido alguna discapacidad permanente en el cumplimiento de su labor.

La asistencia educativa a través del programa PSOEA está disponible una vez que el proceso de reclamo por muerte o discapacidad del Beneficio para Oficiales de Seguridad Pública (PSOB, por sus siglas en inglés) haya sido completado y los beneficios hayan sido concedidos. Un especialista de PSOB trabaja con cada solicitante de PSOEA para confirmar que la discapacidad del padre o cónyuge, o su reclamo por muerte haya sido previamente aprobado por la Oficina de PSOB y que, en los casos de muerte del oficial, el solicitante haya recibido al menos alguna porción de los beneficios PSOB. Las fechas de elegibilidad para beneficios de PSOB pueden ser consultadas en las páginas que contienen información sobre reclamos por muerte y reclamos por discapacidad.


El cónyuge de un oficial de seguridad pública es elegible para recibir fondos de PSOEA para gastos educativos en cualquier momento de su vida. Sin embargo, para los hijos de oficiales discapacitados o fallecidos, la elegibilidad está limitada a gastos educativos que ocurran antes de su 27o cumpleaños. Así mismo, el cónyuge o hijos son elegibles para recibir fondos PSOEA por un período no mayor a 45 meses en el caso de educación de tiempo completo, o el período proporcional para un programa de tiempo parcial.


Para solicitar este beneficio, debe haber solicitado asistencia previamente del Programa de Beneficios para Oficiales de Seguridad Pública (en inglés). Después de completar esta solicitud previa, necesitará llamar sin costo a la Oficina de PSOB al teléfono 1-888-744-6513 (en inglés) para discutir los requisitos para recibir beneficios PSOEA.


Para obtener más información acerca del Programa de PSOEA, por favor visite el Programa de Beneficios para Oficiales de Seguridad Pública (en inglés).