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Lápidas, placas y medallas para colocar en cementerios privados


El Departamento de Asuntos de los Veteranos (VA, por sus siglas en inglés) proporciona, con previa solicitud y sin cargo para el solicitante, una lápida o placa del gobierno para colocarse en la sepultura sin nombre de los Veteranos fallecidos que se encuentren en cualquier cementerio del mundo y que cumplan los requisitos, independientemente de su fecha de fallecimiento. Si el Veterano sirvió en o después del 6 de abril de 1917, y la tumba está marcada con una lápida o placa privada. El Veterano podría ser elegible para una placa o medalla proporcionada por el VA.

El Departamento de Asuntos de los Veteranos (VA, por sus siglas en inglés) proporciona, con previa solicitud y sin cargo para el solicitante, una lápida o placa del gobierno para colocarse en la sepultura sin nombre de los Veteranos fallecidos que se encuentren en cualquier cementerio del mundo y que cumplan los requisitos, independientemente de su fecha de fallecimiento. Si el Veterano sirvió en o después del 6 de abril de 1917, y la tumba está marcada con una lápida o placa privada. El Veterano podría ser elegible para una placa o medalla proporcionada por el VA.


Cualquier Veterano fallecido que haya recibido licencia de las fuerzas armadas de los Estados Unidos bajo condiciones que no hayan sido deshonrosas, cumple los requisitos para obtener una lápida o placa proporcionada por el gobierno. El servicio prestado a partir del 7 de septiembre de 1980 como persona enlistada, o a partir del 16 de octubre de 1981, como oficial, debe ser de al menos 24 meses consecutivos o haber sido acreditado bajo circunstancias especiales (por ejemplo, por fallecimiento durante el servicio activo).

Por ley, los Veteranos que cumplen los requisitos y que hayan fallecido antes del 1 de noviembre de 1990, pueden recibir una lápida o placa solamente si la sepultura aún no cuenta con una identificación.

En el caso de los Veteranos que hayan fallecido a partir del 1 de noviembre de 1990, no hay ningún requisito de que la tumba carezca de marcador para recibir una lápida, placa o medalla. Cuando la sepultura ya cuenta con una identificación, los solicitantes tendrán la opción de elegir ya sea una lápida o placa tradicional, o bien, una medalla que sea añadida a la lápida o placa que haya sido adquirida de manera privada.

En vez de una lápida o placa, el VA puede proporcionar una medalla para las tumbas marcadas de Veteranos que sirvieron después del 6 de abril de 1917.

Las lápidas y placas se proporcionan a cónyuges elegibles y dependientes de los Veteranos solamente cuando los Veteranos son sepultados o conmemorados en una base o puesto militar nacional o cementerio estatal para Veteranos. Los cónyuges y dependientes no son elegibles para una lápida o placa del gobierno.

Las personas con 20 años de servicio en la Guardia Nacional o las Reservas que hayan tenido derecho a los pagos de retiro también son elegibles para una lápida o placa del gobierno. Además de la solicitud, debe incluirse una copia de la Carta de Elegibilidad para Beneficios de Retiro de las Reservas. El servicio activo (excepto el servicio activo para entrenamiento) llevado a cabo bajo condiciones que no hayan sido deshonrosas mientras era miembro de la Guardia Nacional o las Reservas, también establece su elegibilidad para una lápida/placa o medalla y no requiere la recepción ni el derecho a recibir los pagos de retiro.

Los Veteranos cuyo servicio activo haya consistido únicamente en entrenamiento para la Guardia Nacional o las Reservas no cumplen con los requisitos para este programa a menos que existan circunstancias especiales (por ejemplo, que hayan fallecido durante su servicio o como resultado del entrenamiento).


Visite el sitio web de la Administración Nacional de Cementerios (en inglés) para descargar la solicitud "VA Form 40-1330, Claim for Standard Government Headstone or Marker" para solicitar una lápida o placa, o bien, "VA Form 40-1330M, Claim for Government Medallion" para solicitar una medalla. En este sitio web también podrá obtener más información sobre el programa de lápidas y placas del VA, incluyendo información sobre los tipos y estilos de lápidas, placas y medallas disponibles.

Las solicitudes completadas pueden ser enviadas por fax o por correo a:

Número de fax sin costo:
1-800-455-7143

O bien, a la siguiente dirección postal:

NCA FP Evidence Intake Center,
P.O. Box 5237
Janesville, WI 53547

Solicitud de medalla (en inglés)


Puede llamar sin costo a la Unidad de Asistencia y Servicios para los Solicitantes de Productos Conmemorativos del VA
entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m. (hora del este), de lunes a viernes (en inglés):

1-800-697-6947 (TTY: 711)

Si tiene preguntas, visite la página web Ask VA (AVA) (en inglés) para hacer una pregunta electrónicamente.