Para ser elegible para este pago, el cónyuge sobreviviente debe haber vivido en el mismo hogar que el trabajador cuando falleció. Si vivían separados, el cónyuge sobreviviente aún podría recibir el pago especial si, durante el mes en el que falleció el trabajador, el cónyuge cumplía alguno de los siguientes requisitos:
Si no existe un cónyuge sobreviviente, el pago especial puede ser entregado al hijo (o hijos) del trabajador si durante el mes en el que éste falleció, el hijo cumplía alguno de los siguientes requisitos:
Si desea conocer si usted es elegible para cualquiera de los programas de beneficios del Seguro Social, utilice la Herramienta de Evaluación de Elegibilidad para los Beneficios de la SSA.
Una vez que complete el cuestionario de evaluación de elegibilidad, se le proporcionará un listado de beneficios para los cuales usted podría ser elegible. Imprima dicha página para sus propios registros antes de visitar el sitio para solicitar.
El cónyuge o hijo sobreviviente elegible deberá presentar una solicitud para este pago dentro de los dos años posteriores a la fecha de fallecimiento.
Los viudos, viudas y cónyuges sobrevivientes divorciados no pueden solicitar los beneficios de sobreviviente por Internet. Para obtener información sobre cómo solicitar, por favor visite la página Cómo solicitar (en inglés).
Visite la página de Publicaciones de la SSA para información detallada sobre los programas y políticas de la SSA.
También puede comunicarse con el Seguro Social por teléfono llamando al:
1-800-772-1213 (para español marque 7), (TTY para personas con dificultades auditivas: 1-800-325-0778)