El VA automáticamente paga un beneficio de entierro al cónyuge sobreviviente elegible indicado en el registro cuando se informa de la muerte de un Veterano. Si no existe un cónyuge sobreviviente en el registro, el VA pagará a la primera persona viva en presentar una reclamación de entre los siguientes:
* Unión legal significa una relación formal entre el fallecido y el sobreviviente que:
Otras personas y entidades, como las funerarias, son reclamantes elegibles solo si los restos del Veterano no son reclamados.
Con el fin de ser elegible para solicitar los beneficios funerarios, un Veterano debe haber sido dado de baja en condiciones que no sean deshonrosas, y debe cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
*Los requisitos anteriores no aplican a los Veteranos cuyos restos no han sido reclamados. Para que el VA pague un subsidio por entierro en estos casos, los restos de los Veteranos fallecidos no se deben reclamar, y no debe haber recursos suficientes disponibles en el patrimonio del Veterano para cubrir el gasto del entierro.
Para obtener información más específica consulte la hoja de datos de Entierros (en inglés).
Para completar una solicitud por Internet, puede visitar (en inglés): solicitudes de entierro y servicios funerarios de va.gov. También puede descargar el formulario 21P-530EZ del VA Solicitud de Beneficios Funerarios (PDF en inglés) y enviarlo a: Department of Veterans Affairs Pension Intake Center PO Box 5365 Janesville, WI 53547-5365. También puede visitar la oficina regional de beneficios en su localidad y presentar su solicitud para que sea procesada. Encuentre su oficina regional del VA más cercana (en inglés).
Si tiene alguna pregunta:
Para solicitar beneficios y servicios del VA, revisar el estado actual de sus beneficios, y muchos otros servicios, visite VA.gov e inicie sesión con su cuenta de eBenefits, o utilice www.Login.gov para inscribirse. VA.gov es una fuente única de información sobre beneficios y servicios del Departamento de Defensa y del Departamento de Asuntos de los Veteranos. Los Veteranos, miembros del servicio y sus familiares pueden llevar a cabo transacciones de autoservicio como revisar información sobre el estado de la compensación o pensión, suscribirse en GI Bill, y obtener copias de las cartas de preferencia del servicio civil, registros militares (DD214), y otra información personal. Para obtener más información visite el sitio web VA.gov.