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Reembolso Parcial de los Gastos de Entierro

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El Departamento de Asuntos de los Veteranos (VA, por sus siglas en inglés) ofrece un subsidio monetario, el cual generalmente se paga a un monto máximo autorizado por la ley, para cubrir los costos del entierro y funeral de Veteranos elegibles. El VA puede otorgar beneficios adicionales para gastos de parcela, entierro, y/o transporte.

El Departamento de Asuntos de los Veteranos (VA, por sus siglas en inglés) ofrece un subsidio monetario, el cual generalmente se paga a un monto máximo autorizado por la ley, para cubrir los costos del entierro y funeral de Veteranos elegibles. El VA puede otorgar beneficios adicionales para gastos de parcela, entierro, y/o transporte.

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El VA automáticamente paga un beneficio de entierro al cónyuge sobreviviente elegible indicado en el registro cuando se informa de la muerte de un Veterano. Si no existe un cónyuge sobreviviente en el registro, el VA pagará a la primera persona viva en presentar una reclamación de entre los siguientes:

  • Cónyuge sobreviviente del Veterano; O
  • Sobreviviente de una unión legal* entre el Veterano fallecido y el sobreviviente; O
  • Hijo(s) del Veterano, sin importar su edad; O
  • Padre del Veterano o padre sobreviviente; O
  • Ejecutor o administrador del patrimonio del Veterano fallecido. Si no se ha designado a un administrador, el VA puede pagar los beneficios de entierro con base en una reclamación presentada por una persona que actúe para tal patrimonio y quien distribuirá los beneficios de entierro a la persona con derechos para dicha distribución bajo las leyes del último estado de residencia del Veterano.

* Unión legal significa una relación formal entre el fallecido y el sobreviviente que:

  • Existía durante la fecha en la que falleció el Veterano
  • Fue reconocida por la legislación del estado, y
  • Fue evidenciada y documentada

Otras personas y entidades, como las funerarias, son reclamantes elegibles solo si los restos del Veterano no son reclamados.

Con el fin de ser elegible para solicitar los beneficios funerarios, un Veterano debe haber sido dado de baja en condiciones que no sean deshonrosas, y debe cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  • El Veterano falleció a causa de una discapacidad relacionada con su servicio, O
  • El Veterano estaba recibiendo o tiene derecho de recibir una pensión o compensación del VA al momento de su muerte, O
  • El Veterano falleció mientras estaba hospitalizado en las instalaciones médicas del VA, o mientras recibía cuidados bajo un contrato del VA en instalaciones externas al VA, O
  • El Veterano falleció mientras viajaba bajo autorización formal y con costos cubiertos por el VA desde o hacia algún lugar específico para revisión, tratamiento, o cuidados, O
  • El Veterano tenía pendiente un reclamo original o reabierto al momento de su fallecimiento y hubiera tenido el derecho de recibir una pensión o compensación del VA de una fecha anterior a la fecha de su muerte, O
  • El Veterano falleció en o antes del 9 de octubre de 1996, siendo paciente en una institución del estado aprobada por el VA para cuidados de personas de la tercera edad

*Los requisitos anteriores no aplican a los Veteranos cuyos restos no han sido reclamados. Para que el VA pague un subsidio por entierro en estos casos, los restos de los Veteranos fallecidos no se deben reclamar, y no debe haber recursos suficientes disponibles en el patrimonio del Veterano para cubrir el gasto del entierro.

Para obtener información más específica consulte la hoja de datos de Entierros (en inglés).

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Para completar una solicitud por Internet, puede visitar (en inglés): solicitudes de entierro y servicios funerarios de va.gov. También puede descargar el formulario 21P-530EZ del VA Solicitud de Beneficios Funerarios (PDF en inglés) y enviarlo a: Department of Veterans Affairs Pension Intake Center PO Box 5365 Janesville, WI 53547-5365. También puede visitar la oficina regional de beneficios en su localidad y presentar su solicitud para que sea procesada. Encuentre su oficina regional del VA más cercana (en inglés).


Si tiene alguna pregunta:

  • Visite el sitio web del Ask VA (AVA, por sus siglas en inglés) para hacer una pregunta por internet
  • Llame 800-827-1000
  • Llame 711, para las personas con dificultades auditivas, con dispositivos de telecomunicación para sordos (TTD)

Para solicitar beneficios y servicios del VA, revisar el estado actual de sus beneficios, y muchos otros servicios, visite VA.gov e inicie sesión con su cuenta de eBenefits, o utilice www.Login.gov para inscribirse. VA.gov es una fuente única de información sobre beneficios y servicios del Departamento de Defensa y del Departamento de Asuntos de los Veteranos. Los Veteranos, miembros del servicio y sus familiares pueden llevar a cabo transacciones de autoservicio como revisar información sobre el estado de la compensación o pensión, suscribirse en GI Bill, y obtener copias de las cartas de preferencia del servicio civil, registros militares (DD214), y otra información personal. Para obtener más información visite el sitio web VA.gov.